Protección de Datos

SISDOMA garantiza la adecuación de su empresa a la Ley Orgánica de Protección de Datos.

ADECUACIÓN A LA LOPD

La normativa de Protección de Datos que afecta a las empresas españolas es la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de carácter personal (LOPD) y su Reglamento de desarrollo 1720/2007 de 21 de diciembre (RDLOPD).

Las sanciones, en algún caso millonarias, impuestas por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) hace que para las empresas sea una cuestión estratégica el implementar las medidas de seguridad exigidas por la ley.

Protección de Datos

SISDOMA ofrece el servicio Protección de Datos Personales para todas las empresas.

SISDOMA realiza también auditorías periódicas para detectar posibles inadecuaciones a la normativa y establecer las medidas correctoras necesarias.

Todo ello permite que sus clientes estén preparados frente a posibles inspecciones.

La implantación tiene distintas fases:

  • La fase inicial de esta solución consiste en una auditoría al cliente, sobre el grado de cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos.

  • Se realiza un análisis previo de la documentación gestionada por la empresa.

  • Se clasifica por el nivel de seguridad y se adoptan medidas para los tipos documentales que contengan datos personales.

  • Se elabora un Documento de Seguridad, obligatorio para todas las empresas. SISDOMA garantiza su actualización y revisión periódica del mismo para adaptarlo a los cambios normativos y variaciones en las medidas de seguridad que sufra la empresa.

  • Así mismo, se realiza una formación en la empresa sobre el Documento de Seguridad y su aplicación.

  • A través de este método se controla los cambios normativos o modificaciones operativas de la empresa, así como la entrada y creación de nuevos tipos documentales que contengan datos personales para que puedan mantenerse constantemente actualizados.

  • Inscripción de los ficheros en la Agencia Española de Protección de Datos.

  • Entrega de documentación en papel y formato electrónico.

Solicite presupuesto sin compromiso.

Presupuesto

RDLOPD

REGLAMENTO DE DESARROLLO DE LA LEY ORGÁNICA 15/1999, DE 13 DE DICIEMBRE

Artículo 9. Seguridad de los datos.

  • "El responsable del fichero, y, en su caso, el encargado del tratamiento, deberán adoptar las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que están expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural.

  • No se registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones que se determinen por vía reglamentaria con respecto a su integridad y seguridad y a las de los centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas.

  • Reglamentariamente se establecerán los requisitos y condiciones que deban reunir los ficheros y las personas que intervengan en el tratamiento de los datos a que se refiere el artículo 7 de esta Ley."